Finiquito

Finiquitar a un trabajador es un cálculo bastante complejo en términos de la cantidad de información que se debe considerar.

Algunos alcances iniciales de este proceso:

  • El finiquito, como documento en el sistema, es una isla hasta que se contabiliza. Puede crear tantos como requiera según el escenario que desee; todos, por defecto, quedarán en modo borrador.
  • Los parámetros para el asiento de contabilización pueden personalizarse según estime conveniente. El esquema básico es Remuneraciones (pérdida) contra Caja.
  • Una vez que contabilice, en la ventana de edición del finiquito el sistema le consultará si desea dar de baja al trabajador. Puede optar por hacerlo o no.

Para finiquitar a un trabajador, debe dirigirse primero a la nómina de personal.

Luego, debe seleccionar al trabajador que va a finiquitar y utilizar la opción “Gestionar Finiquitos” del menú Opciones del trabajador.

También se pueden revisar todos los finiquitos creados mediante la opción “Nómina de Finiquitos Empresa”, que se encuentra en el menú Adicionales.

El sistema presentará el siguiente listado, en ambos casos, el cual inicialmente estará en blanco si no existen finiquitos para el trabajador.

Para crear un nuevo finiquito, solo debe presionar el botón azul “Nuevo Finiquito”.

En este punto, debe completar algunos datos para iniciar el cálculo del valor final.

Es obligatorio ingresar las fechas correspondientes para el proceso. La comuna de firma del finiquito es un dato mandatorio y se obtiene desde la información asociada a la ficha de la empresa; sin embargo, puede ajustarla según corresponda.

Luego, debe completar algunos datos asociados a las causales y sus consecuencias.

Las causales de despido están codificadas de acuerdo con lo reglamentado en el Código del Trabajo. Dependiendo de estas, puede que se activen algunas celdas, como la indemnización por años de servicio o el aviso previo.

Adicionalmente, puede consignar valores asociados, como indemnizaciones voluntarias del empleador, descontar el seguro de cesantía pagado por el empleador o indicar en el finiquito los montos del último período trabajado, en caso de que no cuente con una liquidación previa al despido. Esto último no es una obligación, sino un dato deseable.

NOTA: Para realizar el descuento por seguro de cesantía, debe acudir a la AFC y solicitar un certificado de despido donde se consigne el monto a descontar. Este documento debe ser adjuntado al finiquito; de lo contrario, no es posible cursar este descuento.

En caso de ser un contrato por obra o faena, el finiquito activará un recuadro especial.

En este apartado deberá consignar algunos datos adicionales para este cálculo. Es importante notar que se debe indicar la descripción de la obra o faena ejecutada, ya que es el único elemento que vincula el contrato con la causal de despido (en este caso, término de la actividad que dio origen al contrato).

Para efectos de construir el monto de pago, el sistema presenta el siguiente cuadro:

En este caso, se consigna originalmente el valor del promedio de los últimos 90 días trabajados, solo para los montos de sueldo base y gratificación. Este mismo valor se copia en el campo valor cálculo años de servicio (mes) y en el valor del mes de aviso previo (30 días).

Este último valor se utiliza para determinar el monto del mes por año y el del aviso previo, el cual, en principio, debería calcularse sin gratificación, aunque es una discusión que queda a su criterio.

Los valores entregados pueden ser modificados íntegramente según sea necesario para el cálculo final a desarrollar.

El descuento personalizado puede originarse a partir de un préstamo de la empresa o de una situación similar. Es importante destacar que, para que este descuento proceda desde el finiquito, debe existir un documento firmado por el trabajador que lo autorice; de lo contrario, puede ser objetado.

Finalmente, en esta sección, para el descuento obligatorio correspondiente a una retención judicial, debe indicar la información solicitada. Sin embargo, este tipo de descuento solo procede si la empresa ha recibido formalmente una notificación judicial con número de resolución asociado, que autorice al empleador a efectuar la retención; de lo contrario, no corresponde aplicar el descuento.

En esta etapa, solo debe presionar “Guardar y continuar”. Con esta información, el sistema presentará el cálculo asociado, el cálculo de días de feriado y un conjunto de calendarios de cálculo para revisión visual.



Luego, debe seleccionar el botón: Ir a Feriados del trabajador.


El sistema calculará automáticamente cada período de vacaciones que el trabajador debió tomar en cada año. Si en estos casos detecta un feriado registrado en el sistema, descontará el total de días asociados a dicho feriado; de lo contrario, los considerará como parte del cálculo.

Ahora bien, este es un caso complejo, ya que un trabajador que no ha hecho uso de sus vacaciones solo podrá utilizarlas respecto de los últimos dos años acumulados. Sin embargo, esta es una situación relativa, ya que, si la causa que generó esta acumulación es responsabilidad del empleador, el trabajador podrá hacer uso del total del período, independientemente de la antigüedad. Cabe destacar que, para que esto sea válido, debe existir documentación que respalde esta situación.

Para efectos de simplificar la tabla, los períodos se presentan como años calendario, desde la fecha de ingreso a la empresa hasta el último período (coincidente con la fecha de término de funciones).

Si desea descontar estos días, actualmente debe generar los registros de vacaciones correspondientes en el área de feriados del trabajador.

Para el cálculo de los días de vacaciones, el sistema ha generado un calendario similar al utilizado por la Dirección del Trabajo cuando se desea validar un finiquito.

Para este ejemplo, la fecha de salida fue el 13 de junio y, a partir de ese momento, el sistema realiza un conteo de días conforme a lo estimado en la tabla de días de feriado, hasta el último día calendario del feriado asociado.

Finalmente, el proceso solicita que usted indique la forma de pago del finiquito. Si no se ingresa información en esta sección, se considerará como pago al contado.

Una posible configuración podría ser la siguiente: dos cheques y un pago al contado.

Este desglose quedará documentado en el numeral tercero del documento de finiquito.

Usted podrá ver el resultado del calculo asociado en un cuadro que aparecerá al final del formulario de datos:

Contabilización del finiquito

Finalmente, se presenta la contabilización del finiquito.

En este cuadro podrá descargar el finiquito en formato PDF, descargar el comprobante contable y ejecutar la contabilización de los siguientes conceptos del proceso:

  • Monto por días feriados y progresivos
  • Indemnización por no dar aviso previo (30 días)
  • Indemnización por años de servicio y fracción superior a seis meses
  • Indemnización voluntaria
  • Indemnización por obra o faena
  • Reintegro por seguro de cesantía

En el cuadro de contabilización se podrá escoger cuál será la cuenta que se utilizará para el balance de cargos y el período en el que será contabilizado.

El último paso es el relacionado con el documento propiamente tal. El documento de finiquito es similar al siguiente:

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