Retención Judicial Alimentos

La retención Judicial por Alimentos, o retención de la pensión de alimentos es un proceso que debe ser necesariamente ordenada por un tribunal de familia, notificado directamente a la empresa que está siendo empleador del "alimentario", es decir el trabajador que tiene esta causa vigente.

en el documento recibido deberá encontrar un texto como el siguiente (solo a modo de ejemplo)

Oficio N° JF00/XXXX/acv, en autos RIT Z-637-2012 por ALIMENTOS, caratulados "Apellido Padre / Apellido Madre", se ha ordenado oficiar a usted a fin de que proceda a la retención mensual a la suma equivalente al 40%  de un ingreso mínimo mensual remuneracional, de la remuneración que percibe don XXX XXX XXX, RUT 12.345.678-9, a contar del próximo período de pago, debiendo la suma ser depositada en la cuenta de ahorro a la vista nro XXXXXXXXX del Banco XXXXX  aperturada a nombre de XXXXXXX.

Este párrafo es el principal para determinar el monto a descontar y si no media una orden, este documento no tiene fecha de expiración.  En el sistema se entrega una fecha de termino para que se proceda a la baja cuando corresponda, también con una nueva orden judicial que indique el cese de descuento.

Esta opción la encuentra en este menú

la ventana siguiente es una lista de todas las diferentes retenciones a las que pueda estar afecta la empresa.

el sistema aporta los siguientes campos para que se realice el calculo según lo indicado por el Tribunal.

  • Persona: Corresponde al trabajador seleccionado desde la lista
  • Fecha Inicio: corresponde al período de inicio del pago de la retención
  • Fecha Termino : indica cuando se dará termino al proceso de retención
  • Numero de Resolución : corresponde al RIT (rol único de tribunales)
  • Nombre Juzgado: Indica el nombre del tribunal que ordenó el descuento.
  • Fecha Notificación : Corresponde a la fecha que la empresa recibió la orden de descontar.
  • Forma Calculo : indica como será llevado adelante el calculo los posibles valores son UF, UTM, Monto Pesos o Porcentaje del Ingreso Mínimo Mensual.
  • Valor Calculo : Determina que monto se combinará con el campo anterior para dar como resultado un valor especifico, asi por ejemplo el 40% del IMM corresponde (actualmente) a $160.000.

Una vez realizado este ajuste solo deberá presionar guardar y el monto será considerado en el siguiente proceso de recalculo de la liquidación, que se desplegará de la siguiente manera.

para el proceso de contabilización de este monto se a asignado un parámetro adicional donde podrá consignar la cuenta de pasivo para efectos del proceso contable.

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