Tratamiento Contable del Leasing en Chile
Aclaración importante: La premisa de que un leasing NO puede figurar en los activos de la empresa es incorrecta bajo la normativa vigente. La NIIF 16, obligatoria en Chile desde 2019, exige reconocer el activo en el balance.
| 1. Marco normativo vigente en Chile |
En Chile, el tratamiento contable de los arrendamientos (leasing) está regulado por la NIIF 16 "Arrendamientos", emitida por el IASB y vigente para ejercicios que comiencen el 1 de enero de 2019 o con posterioridad, reemplazando la antigua NIC 17.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) —antigua SVS— dispuso la adopción obligatoria de las IFRS/NIIF en Chile a partir del 1 de enero de 2009 para las entidades bajo su supervisión.
Entidades obligadas a aplicar NIIF completas (incl. NIIF 16):
• Sociedades anónimas abiertas (que transan en Bolsa)
• Emisores de valores de oferta pública
• Compañías de seguros y reaseguros
• Bancos e instituciones financieras fiscalizadas por la CMF
• Empresas del Estado sujetas a la CMF
| 2. El cambio fundamental: activo por derecho de uso |
La NIIF 16 introdujo un modelo de contabilización único para todos los arrendamientos, eliminando la distinción entre leasing operativo y financiero que existía bajo la NIC 17. El resultado práctico es que todos los contratos de arrendamiento deben reflejarse en el balance.
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ACTIVO — Derecho de Uso (ROU) |
PASIVO — Obligación por arrendamiento |
| Representa el derecho a utilizar el activo subyacente durante el plazo del arrendamiento, medido al valor presente de los pagos futuros. | Obligación de realizar los pagos futuros estipulados en el contrato, descontados a valor presente usando la tasa de interés implícita o incremental. |
| 3. Excepciones permitidas por la NIIF 16 |
La norma contempla dos excepciones en las cuales el arrendatario puede optar por no reconocer el activo por derecho de uso ni el pasivo, registrando en su lugar los pagos como gasto en resultados:
| Excepción | Criterio | Tratamiento |
| Corto plazo | Plazo del contrato de 12 meses o menos | Gasto en resultados |
| Activos de bajo valor | Valor del activo subyacente ≤ USD 5.000 aprox. | Gasto en resultados |
| 4. Caso especial: NIIF para PYMES |
Las empresas que no tienen obligación pública de rendir cuentas (no fiscalizadas por la CMF) pueden acogerse a las NIIF para PYMES, cuya Sección 20 mantiene la distinción entre arrendamiento operativo y financiero (similar a la antigua NIC 17):
| Tipo de arrendamiento | ¿Activo en balance? |
| Leasing financiero (transfiere sustancialmente los riesgos y beneficios) | SÍ — se reconoce activo y pasivo |
| Arrendamiento operativo (no transfiere sustancialmente los riesgos y beneficios) | NO — se registra como gasto |
Criterios para calificar como financiero (PYMES): opción de compra a precio inferior al de mercado; plazo que cubre la mayor parte de la vida útil; valor presente de los pagos equivale sustancialmente al valor razonable del activo; activos de naturaleza especializada.
| 5. Cuadro resumen comparativo |
| Situación | Norma aplicable | ¿Activo en balance? |
| Empresa CMF / S.A. abierta — cualquier leasing | NIIF 16 completa |
SÍ |
| PYME — leasing financiero (transfiere riesgos) | NIIF PYMES Sec. 20 |
SÍ |
| PYME — arrendamiento operativo (no transfiere riesgos) | NIIF PYMES Sec. 20 |
NO |
| Cualquier empresa — contrato 12 meses o menos | NIIF 16 (excepción) |
NO |
| Cualquier empresa — activo bajo valor (≤ USD 5.000) | NIIF 16 (excepción) |
NO |
Fuentes: NIIF 16 Arrendamientos (IASB, 2016) | NIIF para PYMES Sección 20 | CMF — Norma General N° 30 | Colegio de Contadores de Chile A.G. | Este documento tiene fines informativos y no constituye asesoría legal ni contable.