Horas Extraordinarias y Ley 40 Horas

La entrada en vigencia de la Ley de 40 Horas el día 26 de abril generó una situación particular en el cálculo de las horas extraordinarias durante dicho período.

Esto se debe a que:

  • Las horas extraordinarias trabajadas antes del 26 de abril deben calcularse considerando una jornada ordinaria de 45 horas semanales.
  • Las horas extraordinarias trabajadas desde el 26 de abril en adelante deben calcularse considerando una jornada ordinaria de 44 horas semanales.

Con el fin de facilitar este proceso, AyudaParaContadores permite registrar horas extraordinarias adicionales con un valor distinto al calculado inicialmente por el sistema.

Ruta de acceso

Para ingresar estas horas extraordinarias adicionales, diríjase a:

R.R.H.H. → Remuneraciones → Gestión Haberes → Horas Extraordinarias

Una vez dentro del formulario, utilice el botón Nuevo Registro para crear una nueva línea de ingreso.

Creación del registro

Al crear un nuevo registro, el sistema asignará inicialmente un valor base predeterminado para la hora extraordinaria.

Posteriormente, una vez guardado el registro, podrá modificar el valor de la hora con recargo e ingresar el monto que corresponda según el nuevo cálculo derivado de la reducción de jornada.

Resultado en la liquidación

Cuando se registra un valor adicional para reflejar la diferencia generada por el cambio de jornada, el sistema incorporará automáticamente dos líneas en la liquidación de remuneraciones:

  • Una línea correspondiente al cálculo efectuado sobre una jornada de 45 horas semanales.
  • Una línea correspondiente al cálculo efectuado sobre una jornada de 44 horas semanales.

De esta forma, la liquidación reflejará correctamente la transición establecida por la normativa y el cálculo de horas extraordinarias asociado a cada período.

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